
A este respecto se debe destacar la confianza puesta por parte de las estructuras móviles de los mercados para efectos de la circulación de la riqueza y la conformación de los intercambios económicos, en los mecanismos negociales que expresan la manifestación de la autonomía y la libertad de decisión de los particulares.
En este sentido y bajo el aliento puesto sobre dicha estructura negocial, el criterio de la autonomía privada contribuye a la creación de nuevos bienes, que traducidos en el lenguaje económico conformarían nuevas formas de riqueza cuyo objetivo no sería otro que el de facilitar el establecimiento y desarrollo de nuevos negocios.
Sea esta la oportunidad para reconocer a quienes se han tomado la tarea de investigar, reflexionar y por sobretodo, dejar en la escritura su máximo legado, el cual serviría de apoyo para que las nuevas generaciones se empapen de sus conocimientos y sanas críticas, para continuar conduciendo el camino del derecho en aras de buscar soluciones que permitan acoplar a los actuales y futuros modelos sociales y económicos, novedosas estructuras jurídicas que faciliten la consecución de los bienes y servicios en el tráfico jurídico.
[1] Giovanni Battista Ferri, profesor ordinario de Derecho Civil de la Universidad de Roma “La Sapienza”
[2] Teoría General del Negocio Jurídico 4 estudios fundamentales. Emilio Betti, Francesco Galgano, Renato Scognamiglio y Giovanni Battista Ferri, ARA editores, primera edición septiembre de 2001

2 comentarios:
Es bueno leer a Beti, Luis Diez Picazo y Lina Bigliazi... La autonomía de la voluntad comienza con Guillermo de Ocam y Duns Scoto, que van en contra de los nominalistas... Yo me obligo porque yo tengo voluntad.
Estimado Gonzalo, tendré en cuenta sus sugerencias para continuar con las lecturas. Un abrazo.
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